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CÓDIGO ÉTICO de GIVI S.p.A.

INTRODUCCIÓN

GIVI S.p.A. opera en el mercado con el objetivo de promover el empleo, favorecer las oportunidades de crecimiento profesional, crear valor, satisfacer a los clientes y sacar el potencial de todas las personas que trabajan en la empresa.

Este código presenta los compromisos y las responsabilidades éticas que asumen los directivos y los empleados de la empresa en el transcurso de los negocios y las actividades comerciales, así como todas las demás partes implicadas que, de forma directa o indirecta, establecen relaciones en nombre o en beneficio del grupo y de cada una de las sociedades que lo componen.

El presente Código Ético nace de la necesidad de identificar, formalizar y difundir los principios deontológicos de diligencia, corrección, lealtad y transparencia que orientan la actividad de GIVI S.p.A. (en adelante, «GIVI», la «Empresa» o la «Sociedad») y que, por tanto, se trasladan a su organización, así como a la gestión de las relaciones internas y externas de la Sociedad.

La Sociedad, que es consciente de la importancia de cumplir estos principios para la fiabilidad de su gestión, su reputación, su imagen y sus objetivos, ha decidido adoptar conductas cuyas directrices se presentan en este Código Ético, que, junto con los sistemas de gestión de la calidad ISO 9001, ISO 14001 e ISO 45001 y los procedimientos correspondientes, establece las normas de conducta de la Sociedad.

La Sociedad se compromete a difundir el Código Ético no solo entre su propio personal, sino también entre el personal de todos sus colaboradores para promover su responsabilidad, alentándolos a enviar aportaciones constructivas para seguir mejorando el contenido del código.

La Sociedad vela constantemente por el cumplimiento y la aplicación estrictas del Código Ético en el ámbito comercial; por eso, facilita instrumentos y procedimientos adecuados de información, prevención y control para asegurar la transparencia de las operaciones y las conductas adoptadas y garantizar que se adopten a tiempo las medidas correctivas adecuadas, en caso necesario.

 

1 Destinatarios 

Los principios y valores definidos en este Código Ético se aplican a toda la Sociedad y constituyen ejemplos específicos de las obligaciones generales de diligencia, corrección y lealtad que caracterizan el desempeño laboral y el comportamiento en el entorno de trabajo.
Los principios y las disposiciones del presente Código Ético son de obligado cumplimiento para los Administradores (los «Administradores»), para todas las personas vinculadas por relaciones laborales con la Sociedad (los «Empleados»), así como para todas aquellas partes que desarrollen su actividad en beneficio de la Sociedad (Colaboradores, Agentes, Proveedores, Subcontratistas, Clientes, etc.). En adelante, los Administradores, Empleados y Colaboradores y Proveedores se denominarán conjuntamente los «Destinatarios».

 

2 Principios generales

El cumplimiento de las normas y cánones de conducta establecidos en el presente Código Ético constituye un compromiso constante y un deber para todas las personas y empresas que colaboran con GIVI.

El desarrollo de los negocios y las actividades comerciales debe guiarse por los principios irrenunciables de la honradez, la corrección, la profesionalidad, la competencia leal, la transparencia y el cuidado de las personas y el medio ambiente. Por lo tanto, las operaciones, las conductas y las relaciones, tanto internas como externas a la Sociedad, deben guiarse por estos principios.

El cumplimiento de las normas del Código Ético se considera una obligación primordial para todos sus Destinatarios, los cuales deben adaptar a él sus acciones y conductas, ya que su cumplimiento es parte fundamental de un desempeño laboral y profesional de calidad.

2.1 Legalidad

GIVI opera respetando estrictamente la ley y el presente Código. Por lo tanto, todos los Destinatarios están obligados a cumplir toda normativa aplicable y a informarse continuamente sobre los cambios legislativos, aprovechando también las oportunidades de formación que ofrece la Empresa.

GIVI considera que la transparencia de los estados financieros y de la contabilidad es un principio fundamental para poder desarrollar su actividad y proteger su reputación..

2.2 Corrección, integridad y transparencia

El objetivo de GIVI es desarrollar el valor de la competencia actuando según los principios de corrección, competencia leal y transparencia con respecto a todos los operadores del mercado.

Las personas obligadas a cumplir ese Código Ético en sus funciones laborales actuarán con imparcialidad y neutralidad en todos los procedimientos comerciales y tomarán decisiones con rigurosidad y transparencia, respetando la normativa vigente y los protocolos internos.

La corrección y la integridad moral son un deber de todos los Destinatarios, que están obligados a no establecer ninguna relación privilegiada con terceros que sea fruto de solicitudes internas o externas con el fin de obtener beneficios improcedentes.

La Sociedad se compromete a adoptar las medidas adecuadas para prevenir y evitar que las personas implicadas en las actividades comerciales tengan o aparenten tener un conflicto de intereses.

Se considera que existe una situación de conflicto de intereses cuando un empleado/colaborador (o una persona vinculada a él de alguna forma), con su conducta, persigue intereses distintos de la misión de la Empresa o se aprovecha personalmente de oportunidades de negocio de la Empresa, así como cuando los representantes de las partes interesadas (reunidos en grupos, asociaciones, instituciones públicas o privadas) actúan en contra de los deberes fiduciarios asociados a su cargo.

Los Destinatarios deben abstenerse de participar en cualquier actividad que pueda generar o aparentar un conflicto de intereses, actuando de conformidad con los principios de legalidad, lealtad, corrección y transparencia.

En particular, deben abstenerse de entablar relaciones profesionales externas con personas que puedan ser competidores directos o indirectos de la Sociedad, o respecto de las cuales exista en cualquier caso una obligación de neutralidad e imparcialidad. En estos casos, se debe informar sin demora al superior inmediato y abstenerse, ante la ausencia de indicaciones, de comportamientos o decisiones que supongan un conflicto de intereses.

En el desarrollo de sus actividades, los Destinatarios se comprometen a no aceptar donaciones, favores o beneficios de ningún tipo y, en general, a no aceptar retribución alguna con el fin de conceder ventajas a terceros de forma indebida. A su vez, los Destinatarios no deben hacer donaciones de efectivo o bienes a terceros ni ofrecer favores ilícitos de ningún tipo en relación con la actividad que llevan a cabo en beneficio de la Empresa. La convicción intrínseca de actuar en beneficio de la Sociedad no exonera a los Destinatarios de la obligación de cumplir puntualmente las normas y principios del presente Código.

2.3 No discriminación

En sus relaciones con las partes interesadas y, en particular, en la selección y la gestión del personal, la organización del trabajo, la elección, la selección y la gestión de los proveedores, así como en sus relaciones con organismos e instituciones, GIVI evita y rechaza toda discriminación por razón de edad, sexo, raza, orientación sexual, estado de salud, opiniones políticas y sindicales, religión, cultura y nacionalidad de sus interlocutores. Al mismo tiempo, la Sociedad favorece la integración, promoviendo el diálogo intercultural y la protección de los derechos de las minorías y de los sujetos débiles.

2.4 Lealtad y confidencialidad

La centralidad de los recursos humanos para la Empresa es fundamental y se considera un factor esencial para su éxito y desarrollo, gracias a la aportación profesional de las personas que trabajan en ella. La gestión de los recursos humanos se caracteriza por el respeto de la personalidad y la profesionalidad de cada persona, en un ambiente de lealtad, confianza y rechazo de toda forma de discriminación y explotación.

GIVI se compromete a garantizar la protección y la confidencialidad de los datos personales de los Destinatarios y de las partes interesadas externas de conformidad con toda la normativa aplicable en materia de protección de datos personales. Los Destinatarios del presente Código Ético se comprometen a no utilizar la información confidencial que hayan recibido en el transcurso de sus actividades laborales para fines ajenos a dichas actividades y, en todo caso, a actuar siempre en cumplimiento de las obligaciones de confidencialidad asumidas por GIVI. En particular, los destinatarios deben mantener la más estricta confidencialidad de los documentos que revelen know-how, información sobre transporte, información comercial y operaciones corporativas.

 

3 Relaciones con personas, empleados y colaboradores

3.1 Respeto a la persona

La gestión de las relaciones interpersonales tiene como objetivo proteger la integridad psíquica, física y moral de los empleados y colaboradores, garantizando el derecho a unas condiciones de trabajo que respeten la dignidad y la libertad de cada persona y que cumplan con las cotizaciones, las contribuciones a la seguridad social y el seguro previstos por la normativa y los contratos de trabajo vigentes, así como un entorno laboral que valore la diversidad respetando los principios de igualdad y no discriminación.

GIVI promueve la participación de los trabajadores en la vida de la Empresa; por eso, proporciona a su personal herramientas participativas para recabar la opinión y las sugerencias de los trabajadores, con el fin de garantizar una participación lo más amplia posible. No se podrá obligar a ningún trabajador a realizar tareas, servicios o favores que no le correspondan según su contrato de trabajo y su función dentro de la Sociedad, aunque se encuentre a total disposición de la misma.

La Sociedad se compromete a combatir los episodios de mobbing, acoso, violencia psicológica y cualquier comportamiento discriminatorio o lesivo para la dignidad de la persona dentro y fuera de las instalaciones de la Empresa. Las relaciones entre los trabajadores deben desarrollarse con lealtad, corrección y respeto mutuo, de acuerdo con los valores de convivencia civil y libertad de las personas.

3.2 Selección de personal

La evaluación y la selección del personal se llevan a cabo con corrección y transparencia, respetando el principio de igualdad de oportunidades para conciliar las necesidades de la Sociedad y los perfiles profesionales, las ambiciones y las expectativas de los candidatos.

La Empresa se compromete a adoptar todas las medidas que sean necesarias para evitar cualquier forma de favoritismo en el proceso de selección de personal utilizando criterios objetivos y meritocráticos que respeten la dignidad de los candidatos y contribuyan al buen funcionamiento de la empresa.

El personal contratado, también mediante la aplicación de este Código, recibirá información clara y correcta sobre las funciones, las responsabilidades, los derechos y los deberes de las partes.

 

4 Seguridad, salud y entorno laboral

4.1 Protección de la salud, la seguridad y el medio ambiente

La seguridad en el lugar de trabajo se garantiza tanto aplicando estrictamente las disposiciones de la normativa vigente como fomentando activamente una cultura de la seguridad mediante programas de formación específicos. La formación del personal es un elemento fundamental del sistema de gestión adoptado. GIVI protege la salud de sus trabajadores y garantiza el cumplimiento de las normas de higiene y prevención sanitaria.

En cumplimiento de la normativa vigente, la Sociedad se compromete a diario: 

  • a garantizar un entorno de trabajo adecuado desde el punto de vista de la seguridad y la salud de los trabajadores;

  • a proteger el medio ambiente y a prevenir todo tipo de impacto de conformidad con las leyes nacionales y locales aplicables.

Las actividades de la Sociedad deben llevarse a cabo conforme a los acuerdos y normas internacionales, leyes, reglamentos, prácticas administrativas y políticas nacionales relativas a la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores, el medio ambiente y la seguridad pública.

El empleador valora los peligros y proporciona los recursos adecuados para la prevención y la protección de los riesgos, así como para la actualización y la formación constantes en los distintos niveles de responsabilidad.

Los Destinatarios, dentro de sus funciones, participan activamente en el proceso de prevención de riesgos, de tutela del medio ambiente y de la seguridad pública, y de protección de la salud y la seguridad propias, de sus compañeros y de terceros, contribuyendo cada uno por separado a un desarrollo sostenible y esforzándose por reducir al mínimo el impacto medioambiental directo e indirecto de sus actividades.

En la medida de sus competencias, los Destinatarios deben poner en marcha todos los procedimientos previstos por el sistema integrado de gestión medioambiental y de seguridad según las normas ISO 14001 e ISO 45001.

4.2 Infraestructura

Cada Destinatario es responsable de la protección y la conservación de los bienes y recursos materiales e inmateriales que le hayan sido confiados. Queda prohibido cualquier uso de estos bienes y recursos que sea contrario a los intereses de la Empresa.

Ningún empleado o colaborador puede hacer, ni permitir que otros hagan, un uso indebido de la maquinaria y los bienes asignados o de los recursos de la Sociedad.

Todos los equipos, así como cualquier otro medio auxiliar, incluidos los informáticos, proporcionado por la Sociedad para llevar a cabo las tareas encomendadas deben considerarse herramientas de trabajo y, por tanto:

  • deben conservarse adecuadamente;

  • solo podrán utilizarse con fines profesionales relacionados con las tareas encomendadas y, en todo caso, de forma que no causen perjuicio alguno, y mucho menos para fines ilícitos o ajenos a la actividad de la Sociedad.

No está permitido almacenar archivos o documentos que pertenezcan a la Empresa o que tengan un contenido o carácter ilícito, insultante o discriminatorio, o que infrinjan la normativa sobre derechos de autor.

 

5 Gestión de la información y protección de la privacidad

5.1 Protección de la información

GIVI recuerda formalmente que todos los empleados y colaboradores están obligados a cumplir estrictamente la obligación de lealtad de conformidad con las disposiciones generales del artículo 2105 del Código Civil italiano, que, entre otras cosas, prohíbe expresamente que el trabajador «divulgue información relativa a la organización» y a «los métodos de producción de la empresa», o use dicha información de forma que «pueda perjudicar a la empresa».

Por lo tanto, todos y cada uno de los empleados y colaboradores deben abstenerse no solo de cometer las conductas expresamente prohibidas por el artículo 2105 del Código Civil, sino también todas aquellas conductas que, por su naturaleza y sus consecuencias, puedan crear situaciones de conflicto o perjuicio para los fines e intereses de la propia Sociedad o puedan, en todo caso, menoscabar la base de confianza de la relación laboral. A título ilustrativo, se recuerda que está expresamente prohibido que los empleados y colaboradores sustraigan documentos comerciales, utilicen su contenido en beneficio propio o de terceros y divulguen datos e información confidencial de la Empresa —no solo de naturaleza técnica— adquirida en el transcurso de la relación laboral, ya que dicha conducta puede comportar también responsabilidad penal al constituir los delitos de «Robo» y «Revelación de secretos científicos o industriales», sancionados respectivamente por los artículos 624 y 623 del Código Penal italiano.

Se recuerda que toda persona que tenga o llegue a tener conocimiento de comportamientos sospechosos o potencialmente perjudiciales para la Sociedad por parte de colaboradores, antiguos colaboradores, proveedores, competidores o terceros en general (por ejemplo: solicitudes de especificaciones o de dibujos técnicos, de nombres de clientes o proveedores, etc.) está obligada a informar rápidamente al Departamento de Recursos Humanos, tanto para evitar cualquier perjuicio a la Empresa como para no verse implicada imprudentemente en actos de encubrimiento y complicidad con quienes pretenden perjudicar a GIVI violando los derechos de las propias Empresas.

GIVI se reserva expresamente el derecho de tomar cualquier iniciativa y acción para proteger sus derechos y posiciones en caso de que se verifiquen conductas en sus empleados y colaboradores contrarias a las obligaciones de lealtad, corrección y confidencialidad mencionadas antes, ya que dicha conducta podría constituir, entre otras cosas, una causa justa o un motivo justificado para el despido de los empleados responsables y, en cualquier caso, justificar sanciones disciplinarias.

5.2 Cumplimiento de las disposiciones en materia de privacidad 

Es obligatorio cumplir las disposiciones en materia de privacidad y las medidas mínimas de seguridad, tal y como se establece en la carta de nombramiento como Encargado del Tratamiento.

Las herramientas tecnológicas consideradas en el presente Reglamento constituyen todas ellas herramientas utilizadas por el trabajador para desempeñar su trabajo, también en virtud y a los efectos del artículo 4, apartado 2, de la Ley italiana n.º 300/1970. Por lo tanto, la información recogida de conformidad con las disposiciones del Reglamento y con el capítulo 2 anterior podrá utilizarse para todos los fines relacionados con la relación laboral, siempre que se haya informado previamente a los trabajadores de la forma de usar estas herramientas, de las intervenciones que se pueden realizar en el sistema informático de la Empresa o en la herramienta en cuestión y de los consiguientes sistemas de control que se puedan adoptar (de conformidad con el apartado 18 anterior), sin perjuicio del cumplimiento de la normativa en materia de protección de datos personales (RGPD 679/2016).

Por último, se comunica que en los sistemas informáticos utilizados por los usuarios no se instalan ni configuran dispositivos hardware o herramientas software con el fin de utilizarlos como instrumentos para controlar a distancia las actividades de los trabajadores. No obstante, cuando el uso de dichos dispositivos sea necesario para otros fines, por ejemplo, necesidades organizativas y productivas, seguridad en el trabajo o protección del patrimonio de la empresa, GIVI S.p.A. procederá a su adopción según lo dispuesto en el artículo 4, apartado 1, de la Ley n.º 300/1970, e informará convenientemente a los usuarios de dichas medidas.

 

6 Conducta y relaciones con las partes interesadas internas y externas

6.1 Relaciones con los trabajadores y las asociaciones profesionales

El personal de la Sociedad tiene la obligación de conocer perfectamente el Código Ético y los principios que recoge, así como de informarse sobre las modificaciones que se efectúen en el futuro.

No se permite ninguna forma de discriminación o favoritismo por pertenencia a sindicatos, asociaciones y partidos políticos ni por ideologías políticas, partidistas o religiosas.

En el marco de sus funciones laborales, el personal debe respetar la normativa vigente, el convenio colectivo aplicable y los principios recogidos en el presente Código Ético. El personal también debe informar de cualquier infracción de la que tenga conocimiento durante el desarrollo de sus funciones. El personal tiene el derecho y el deber de consultar a sus superiores sobre cualquier aclaración relativa a la interpretación y la correcta aplicación de las normas y los principios recogidos en este Código Ético.

Toda persona tiene derecho a afiliarse libremente al sindicato, la asociación o el partido político que elija, en función de sus propias necesidades, creencias e ideologías, respetando la normativa vigente y los procedimientos de la Empresa.

6.2 Relaciones con las partes interesadas externas

Los empleados que mantengan relaciones comerciales con terceros deberán llevarlas a cabo de forma justa y correcta. Estos principios se aplican a clientes, proveedores, consultores y personas que desempeñen cualquier actividad directamente o en nombre de la empresa.

6.3 Relaciones con los clientes

Los clientes son un activo fundamental para GIVI, que persigue su misión ofreciendo productos y servicios de alta calidad. El estilo de comportamiento con los clientes se caracteriza por la integridad, la objetividad, la competencia y el respeto, con vistas a una relación de alto nivel profesional.

En las relaciones con los clientes, no se adoptarán conductas engañosas que puedan inducir a error al cliente sobre la valoración técnica y económica de los productos vendidos y de los servicios ofrecidos/suministrados.

6.4 Relaciones con los proveedores

La elección y la selección de los proveedores se basan en la premisa de que comparten los principios y los valores recogidos en el presente Código Ético, que los proveedores se comprometen a respetar en la medida en que les sea aplicable.

El objetivo principal es promover relaciones duraderas que mejoren progresivamente el rendimiento mientras se protegen y aplican estos principios y valores, así como ofrecer las mismas oportunidades a todas las partes interesadas y garantizar el cumplimiento de los principios de transparencia y lealtad, con el fin de permitir la máxima participación y competencia entre las partes interesadas.

En caso de que el proveedor, en el ejercicio de sus actividades, adopte una conducta incompatible con los principios generales de este código, la Sociedad tendrá derecho a tomar las medidas oportunas, incluida la finalización de la relación de colaboración. A la hora de seleccionar a los proveedores, no se permite ningún tipo de presión para favorecer a un proveedor en detrimento de otro. Está prohibido dar o recibir de forma alguna, directa o indirectamente, ofertas de dinero y obsequios con el fin de conseguir beneficios personales de algún tipo.

6.5 Relaciones con la Administración Pública

Las relaciones con la Administración Pública se gestionan con la máxima corrección, transparencia y rigor. No se toleran los comportamientos que den lugar a interpretaciones falsas o ambiguas.

Todas las actividades que se lleven a cabo con la Administración Pública y las instituciones públicas deben estar documentadas y ser localizables, con el fin de facilitar el desarrollo de las actividades de supervisión y control delegadas a los organismos de supervisión pertinentes y a la junta de auditores (en caso de haber sido nombrada).

Con motivo de la participación en licitaciones convocadas por la Administración Pública, las personas que actúen en nombre y por cuenta de la Sociedad se abstendrán de cualquier conducta que pretenda influir en el organismo público y orientar sus decisiones a favor de la Sociedad.

Concretamente, se prohíben los pagos ilícitos y las prácticas de corrupción, el favoritismo, las conductas colusorias y las peticiones directas o indirectas —como las promesas de beneficios personales— adoptadas respecto a cualquier persona perteneciente a la Administración Pública o que ostente un cargo público.

La Sociedad solo podrá asumir compromisos con la Administración Pública y las instituciones públicas, como los organismos de vigilancia, a través de las funciones corporativas expresamente designadas y autorizadas para ello, que, en todo caso, no se encuentren en situación de conflicto de intereses.

 

7 Aplicación del Código Ético y del sistema de sanciones

En caso de violación demostrada de las disposiciones del Código Ético, se impondrán las sanciones apropiadas de conformidad con lo previsto en los convenios colectivos. Los empleados deberán informar a su superior inmediato en caso de que tengan conocimiento de alguna violación del Código.

Cualquier persona que crea haber sufrido acoso o discriminación por cualquier motivo (edad, sexo, raza, estado de salud, nacionalidad, orientación sexual, condiciones económicas, opiniones políticas y creencias religiosas) puede denunciar el incidente rellenando el formulario específico y entregándolo directamente en la administración. La confidencialidad de los implicados y el anonimato de la persona que presenta la denuncia están garantizados en todos los casos.

Si, por razones justificadas o de conveniencia, no es recomendable dirigirse directamente al superior inmediato, será responsabilidad y obligación del empleado contactar directamente con el Director General o con el Consejo de Administración. Se atenderán con prontitud todas las solicitudes sin que el empleado corra riesgo alguno de sufrir represalias directas o indirectas de cualquier tipo.

La Sociedad se compromete a promover y a mantener un sistema adecuado de control interno para garantizar el cumplimiento del Código Ético y prevenir hechos o circunstancias que puedan desencadenar violaciones del mismo. Toda persona que denuncie de mala fe supuestas violaciones del Código Ético será sancionada en virtud del mismo.

La responsabilidad de establecer y supervisar la implantación efectiva de un sistema de control interno se extiende a todos los niveles de la estructura organizativa, por lo que todos los Destinatarios, en el marco de sus funciones y responsabilidades, se comprometen a definir y participar activamente en el buen funcionamiento del sistema de control interno.

 

8 Denuncia de irregularidades

GIVI se ha comprometido siempre a promover una cultura empresarial basada en la ética y en la legalidad. Las denuncias de violaciones de la ley, y en particular las denuncias identificadas en el Decreto Legislativo italiano n.º 24, de 10 de marzo de 2023, pueden ayudar a identificar y abordar sin demora, mediante las medidas de subsanación y prevención adecuadas, los problemas y riesgos críticos a los que se enfrentan todas las organizaciones, incluida GIVI.

Al establecer e invitar a utilizar conscientemente sus canales internos de denuncia, GIVI pretende prevenir y combatir las conductas ilícitas y contrarias a las normas y los principios establecidos en sus modelos organizativos, en el presente Código Ético y en las políticas empresariales, preservando la confidencialidad de los denunciantes y de otras personas protegidas y protegiéndolas de los riesgos de posibles represalias, de conformidad con las disposiciones de la normativa aplicable.

GIVI ha creado una plataforma web gestionada por una empresa externa especializada en sistemas internos de denuncia para empresas. De esta manera se garantiza que sea imposible rastrear las denuncias, que los datos estén siempre protegidos y que solo tengan acceso a ellos las personas autorizadas.

Esta herramienta es accesible a través del siguiente enlace: https://whistleblowersoftware.com/secure/GIVI-SPA

 

9 Entrada en vigor

El presente Código Ético entrará en vigor tras su aprobación por parte del Consejo de Administración. Todo cambio o integración posterior deberá ser aprobado por el Consejo de Administración.

En FLERO (Brescia), abril de 2023

GIVI S.p.A.

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